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INTT | ¿En Venezuela son legales los "mataburros" y el "tuneo" de los carros?: Esto dice la ley

Domingo, 18 de agosto de 2024 a las 07:30 am
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En Venezuela, el INTT (Instituto Nacional de Transporte Terrestre) es la autoridad única en la materia. Por ello, dicho organismo es el encargado de regentar todo lo concerniente a la seguridad vial.

Este órgano es el garante de que se haga cumplir la Ley de Tránsito Terrestre, la cual, entre muchas de sus normativas, establece diversas pautas para la buena conducción, entre las que destacan la identificación y seguimiento de las normas de seguridad.

Una de esas normas de seguridad que muchos venezolanos se toman a la ligera, es la modificación de los vehículos, sin hacer la respectiva homologación o notificación ante el propio INTT.

Foto Freepik

Si bien es cierto que el vehículo suele ser propiedad privada, también es cierto que para que dicho vehículo pueda circular por el territorio nacional, el mismo debe cumplir con las normas dictadas por la ley y vigiladas por el INTT.

Lilian Romero, presidenta de la Asociación Civil Asotránsito, refiere que hay diversas restricciones al momento de modificar un vehículo, que deben ser notificadas de manera obligatoria ante el INTT.

Explica que existe una figura ante las autoridades de tránsito, denominada homologación. Esta es simplemente la notificación y justificación de los cambios realizados a los vehículos, sin que estos atenten contra la seguridad de terceros y la propia del conductor.

Vale destacar que el uso indiscriminado de esos implementos que son restringidos, pueden acarrear multas severas. Estas tendrán ciertas variaciones, dependiendo del lugar o municipio en el cual se cometa esta infracción.

Guinche y mataburros ante el INTT

Explica la experta que hay ciertos implementos que, de manera "algo ligera", le son colocados a vehículos, sobre todo a los rústicos. Esto atentan contra la integridad física de los ciudadanos.

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Los denominados "guinches" y los mataburros, no son estructuras del todo prohibidas. Lo que sucede es que las mismas deben estar muy bien homologadas ante el INTT y por supuesto, ante los organismos de seguridad.

Se advierte que deben estar homologadas ante los organismos de seguridad, ya que hay que justificar el motivo por el cual el vehículo posee dicho implemento.

La legislación permite estas herramientas, para vehículos que están registrados como de rescate o vehículos de organismos de seguridad.

Para ello, la persona que coloca los mismos, deben estar previamente registrados como vehículos de rescate ante los órganos de seguridad. Además, es necesario que justifiquen el motivo por el cual poseen dichas herramientas instaladas en sus vehículos.

¿Y las barras de luces?

Este es otro implemento que debe estar previamente justificado. Según Romero, el uso del mismo de manera indiscriminada puede convertirse en un ente perturbador al momento de circular por cualquier arteria vial. Su uso es totalmente restringido a una emergencia o a una situación específica.

El cambio de color y modificación del vehículo

Otro de los cambios que debe ser notificado es el de color del automóvil. Así como cualquier rectificación a los seriales de la carrocería y del motor.

Foto Freepik

Además, si se desea hacer un cambio en la estructura del vehículo, que va más allá del diseño original, como convertir un auto en Pick Up, levantarlo, o convertirlo en un Monster Truck, también debe ser homologada ante las autoridades con una carta, la cual debe ir acompañada de una explicación de un ingeniero, que avale que se han mantenido las normas mínimas de seguridad en dicha variación.

Las multas

Lilian Romero recuerda que cualquiera de estas normas que puedan ser violadas, tiene como mínimo una multa de 10 unidades tributarias.

A esto hay que sumarle lo que establece las normas de convivencia ciudadana, que también tiene sus sanciones. Las mismas están relacionadas directamente a cada municipio del país.

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