Paola Ñáñez/ 2001.com.ve
El pasado mes de abril se llevó a cabo la última reforma del control de cambios, a través de la Providencia 011 que redujo el cupo viajero en 30%, los 300 dólares destinados para compras electrónicas en el exterior fueron fraccionados, y solo pueden ser solicitados a través de bancos públicos.
Esta medida seguirá vigente ya que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) rechazó las demandas impuestas por las organizaciones Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores (Anauco) y la Asociación Civil Pro Defensa del Usuario del Sistema Financiero (Ausfin) en contra de la providencia 011 del Cencoex.
La Sala Constitucional del TSJ consideró que los demandantes utilizaron el recurso incorrecto para conseguir su objetivo y se les acusa de "evadir el procedimiento de nulidad de los actos administrativos contemplados en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ejerciendo una demanda por intereses difusos".
A pesar de que las organizaciones alegaron que esta modificación del uso de los dólares vulneraba el derecho de igualdad y había discriminación por establecer que solo los bancos públicos pueden tramitar todo lo relacionado con el cupo viajero, la instancia legal aseguró que "siempre tendrá un impacto en el colectivo" pero que no es excusa para que no ejerza la medida.