¡Alerta conductores!: El INTT explica las razones legales para la suspensión de su Licencia

Miércoles, 05 de noviembre de 2025 a las 11:00 pm

El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) recuerdan a la ciudadanía las causales legales que, según el artículo 179 de la Ley de Transporte Terrestre (LTT) vigente, pueden llevar a la suspensión temporal de la licencia de conducir.

Esta medida busca garantizar la seguridad vial y sancionar el comportamiento irresponsable al volante.

Razones legales para la suspensión de su Licencia de conducir 

De acuerdo a un video publicado en la red social Instagram, el INTT, informa que la suspensión de la licencia es una sanción administrativa que inhabilita al conductor para manejar vehículos por un período determinado. 

  • Los conductores que hayan acumulado cinco infracciones durante un período de 12 meses, será suspendida la licencia por 6 meses.
  • La suspensión de licencia de 3 meses es causada debido a conducir vehículos que no está autorizado en la licencia de conducir.
  • Si tienes 3 infracciones por conducir bajo La influencia del alcohol o sustancias psicotrópicas o estupefacientes, además de manejar con un exceso de velocidad, la sanción de suspensión será de 12 meses.  

 

 

Cómo solicitar y legalizar una ruta de transporte público ante el INTT 

El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) estableció un conjunto de requisitos para las organizaciones que aspiran a obtener la Certificación de Prestación de Servicio (CPS). 

En Venezuela, dicho documento avala la operación de rutas de transporte público de personas, desplegadas en todo el territorio nacional.  

Pasos para solicitar la CPS ante el INTT

La emisión de la CPS no es un trámite sencillo, sino un proceso que implica la revisión minuciosa de la estructura legal y las garantías de seguridad de la organización solicitante, información que se consolida en las planillas DT9 y DT10.

Para iniciar la solicitud de la Certificación de Prestación de Servicio, las organizaciones deben formalizar una solicitud escrita dirigida a la Gerencia de Transporte Terrestre del INTT.

Como respaldo de su personalidad jurídica, se exige la presentación del Registro de Información Fiscal (RIF) vigente. Además, se debe consignar el Acta Constitutiva y Estatutos Sociales con su debido registro, cuyo objeto social debe especificar claramente la prestación del servicio de transporte público, tal como lo estipula el Artículo 104 de la Ley de Transporte Terrestre.

En caso de modificaciones, la copia certificada y registrada de la última Acta de Asamblea de Socios. Las cooperativas, por su parte, deben anexar la Certificación de Cumplimiento expedida por la Superintendencia Nacional de Cooperativas

 

 

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