En el año 2007, Venezuela se convirtió en el primer país de América Latina en incluir la violencia obstétrica como un delito, el cual desde entonces se contempla en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Sin embargo, expertos de la salud han puesto en discusión esta norma, aseguran que la denominada violencia o maltrato en la obstetricia, es una situación una grave y frecuente.
Al respecto, el doctor Carlos Cabrera Lozada, gineco-obstetra, experto en medicina materno-fetal y Miembro de la Academia Nacional de Medicina consideró que "la ley (sobre el derecho de la mujer) es muy buena, y es necesaria. Pero tiene un apartado con el que los médicos no estamos de acuerdo, y en el que se trata lo que llaman violencia obstétrica", dijo.
En su opinión, el titular de esta manera los tipos de agresiones que pueden existir contra una paciente gestante "cataloga la obstetricia como si fuera un acto punible".
Violencia durante la gestancia
Explicó dentro de la ley sobre el derecho de la mujer, establece que "el personal de salud incurre en violencia obstétrica cuando no atiende de manera oportuna las emergencias obstétricas".
También se cataloga de esta manera el hecho de que un médico "haga que las mujeres den a luz en posición horizontal y con las piernas levantadas", aún cuando existen las condiciones para realizar un parto en cuclillas o de forma vertical.
De igual manera, "cuando se impide que haya contacto entre la madre y el niño al nacer, sin causa médica justificada. Y cuando altera el proceso natural del parto de bajo riesgo mediante el uso de técnicas de aceleración, sin obtener el consentimiento informado de la mujer", todos estos se consideran como actos violentos, reiteró Cabrera.
En este sentido, recordó que durante el periodo de gestación "la mujer puede sufrir ciertos daños, los cuales no son inducidos por el médico. Pueden ocurrir durante el coito, así como también ser causados por la pareja", precisó.
De igual manera, resaltó que "también es violencia que una paciente busque el ingreso a una maternidad y no se le atienda correctamente, que los doctores utilicen bolsas en lugar de guantes, porque no hay insumos. Esto constituye un acto violento por parte de la institución y no del obstetra", alertó el experto.
Por esta razón, el gremio de especialistas en medicina obstetricia han propuesto que se denomine como "violencia durante la gestancia", indicó.
Aseguró que "buscamos que el término se tomara en cuenta, pero las autoridades lo rechazaron".
El dilema de la ley
El especialista en obstetricia, Carlos Cabrera Lozada, expuso que "dentro de lo establecido por la ley existe un dilema que pone en duda a los médicos obstetras".
Según la norma, "se considera violencia obstétrica a toda acción del médico para aligerar, conducir o inducir un proceso de culminación del embarazo".
Explicó que "en determinados casos, los obstetras recurren a inducir un parto, con la colocación de medicamentos como la oxitocina. Pero esto va en contra de la ley. Todo lo que se haga fuera del consentimiento de la paciente es ilegal", remarcó.
Cabrera refirió que "con el auge del feminismo, se ha ido acostumbrando a las mujeres de que todo aquello que está fuera del parto natural es violencia. Quieren parir como si fuera en casa".
Pero, por otro lado, "también se debe dar a entender que no en todas las ocasiones la mujer es apta para este tipo de procedimiento", porque "si el bebé muere al intentar que se produzca un parto natural, también se considera un acto violento. De igual manera se se practica una cesárea".
Estas acciones "acarrean una sentencia para aquellos que incurran en actos violentos contra la gestante", recordó.
Cuando la cesárea es necesaria
Cabrera se refirió al caso ocurrido el pasado mes de abril en el Hospital Materno Infantil de petare, en el que una mujer, identificada como Sirley Hendy Ochoa, denunció la muerte de su hijo, como consecuencia de una mala praxis durante el parto.
La denunciante señaló que fue maltratada por la enfermeras, quienes cometieron agresiones verbales contra ella al llamarla "floja".
Además, relató que las mismas hicieron presión sobre su cuerpo para forzar la salida del bebé.
Finalmente, la criatura salió. La madre recibió a su hijo en brazos, pero el personal médico lo retiró a los pocos segundos. Al poco tiempo, el médico le informó que su niño estaba muerto.
Las autoridades del Cicpc determinaron que el recién nacido respiró durante una hora. Pero presentó un traumatismo cráneo encefálico severo.
Cabrera comentó que "es en casos como este donde está lo paradójico de la ley". Explicó que al momento de dar a luz Sirley pidió una cesárea. Entonces, "el personal médico pudo no hacerla porque la ley de violencia obstétrica dice que no se puede hacer ese procedimiento de manera innecesaria".
Señaló que "quizás el médico consideró que no había que hacer la cesárea y ocurrió este desastre".
Describió que "si la mujer pone una denuncia penal, esta puede proceder, luego de que se determine si hubo impericias".
Sin embargo, "esto pudo evitarse con una cesárea segmentaria. Lo paradójico de la ley es que establece como un acto violento ese procedimiento".
Ante tal situación, Cabrera manifestó que "hay decisiones que son meramente médicas y que, con el consentimiento informado de la paciente, es válido".
Parto en condiciones aptas
Por otra parte, el médico pediatra genetista, Anibal Pulido, se refirió a las condiciones que debe considerar una mujer para tener un embarazo en condiciones óptimas. Aclaró que "el examen físico es fundamental para determinar el estado de madurez sexual. Además del grado de desarrollo de los genitales externos, el desarrollo mamario. También el estado cognitivo que tiene esta persona para entender lo que significa un embarazo. Eso lo determina el médico en una consulta preconcepcional".
Afirmó que este examen "es el acto médico fundamental para indicarle a una mujer en edad fértil si puede concebir y llevar a feliz término una gestación".
Sin embargo, consideró que en Venezuela "esta consulta se hace muy poco, tanto en centros públicos como privados". Recordó a la población que en el Hospital Universitario de Caracas, esta prueba se realiza formalmente.
Asimismo, informó que "la vía de resolución obstétrica de un embarazo la determina el obstetra mediante el examen de la gestante. En este se considera el tipo de pelvis, los estudios ecográficos, radiológicos, la condición física materna y su estado de salud".
Los estudios permiten determinar "cual es la vía indicada para el nacimiento", dijo Pulido.
Añadió que "para cada resolución debe cumplirse con ciertas condiciones que justifiquen, en su momento, el parto natural, el parto instrumental o la intervención quirúrgica".
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