Todos aquellos propietarios de inmuebles en el municipio Sucre del estado Miranda, pueden tramitar la solicitud de exención de impuestos.
El Servicio Desconcentrado de Administración Tibutaria (Sedat) de la Alcaldía de Sucre, difundió en sus redes la lista de recaudos y detalló quiénes aplican para esta exención.
¿Quiénes aplican para la exención de impuestos sobre inmuebles en Sucre?
Sobre quiénes aplican para tramitar este documento, el Sedat explica que los literales del artículo 52 indican lo siguiente:
- Templos y edificaciones religiosas: exentos si son de acceso público, no incluye conventos, monasterios y casas parroquiales
- Inmuebles propiedad de países extranjeros: si ocupan embajadas o Misiones Diplomáticas con reciprocidad fiscal.
- Inmuebles de propiedad privada destinados para deporte y recreación: si son sin fines de lucro y con gestión directa, no incluye arrendamientos, concesión, usufructo o similares.
- Inmuebles docentes privados: exentos si están inscritos en el ministerio de Educación con conformidad de uso, no incluye guarderías.
- Inmuebles de propiedad privada destinados a fines benéficos: si son sin fines de lucro y gestionados socialmente, solo en áreas dedicadas a tales fines.
- Inmuebles expropiados: exentos tras la publicación del decreto de expropiación.
- Inmuebles no urbanizables: exentos si no pueden ser urbanizados.
- Terrenos remanentes: exentos si no hay posibilidad de edificación.
- Inmuebles de propiedad privada invadidos: cuando el propietario no perciba ninguna contraprestación o beneficio del inmueble por invasión u ocupación ilegal de terceros.
- Propietarios jurídicos o pensionados: exentos si su inmueble es vivienda principal.
- Propietarios mayores de 60 años: exentos si su inmueble es vivienda principal.
- Inmuebles de jefes de familia solteros: exentos si tienen menores estudiantes y demuestran su condición.
- Inmuebles de personas declarados con discapacidad legalmente: exentos si son su vivienda principal.
- Inmuebles afectados por desastres naturales: exentos si son declarados inhabitables por autoridades.
- Universidades con convenios interinstitucionales: exentas si se dedican a formación profesional.
- Inmuebles propiedad de emprendedores que desarrollen su emprendimiento de conformidad con la Ley que los regula en jurisdicción del municipio Sucre.
¿Cuáles son los requisitos?
En este sentido, el Sedat enlistó los siguientes recaudos para tramitar la exención de impuestos en el municipio Sucre:
- Título de propiedad
- Documento de identidad del propietario
- Registro de vivienda principal emitida por el Seniat
- Documento probatorio que permtia verificar lo alegado
- Pago de tasa administrativa
- Información complementaria (Opcional)
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