Protección para inquilinos en California: entienda la ley AB 246, cómo funciona y cuándo entra en vigor

La ley apunta a evitar el desalojo también incluye disposiciones que establecen obligaciones por parte de los inquilinos

 

Viernes, 31 de octubre de 2025 a las 10:02 am

En California, Estados Unidos (EEUU), este año se han anunciado varias leyes que apoyan y benefician a los inquilinos, esta vez buscan blindar a una población específica, descubra de qué se trata.

En esta oportunidad estamos hablando de la Ley AB 246 o la ‘Social Security Tenant Protection Act’, la cual fue firmada por el Gobernador Gavin Newsom este mes.

Es nueva normativa tiene como objetico proteger a los inquilinos de California, especialmente a adultos mayores y personas con discapacidad que dependen de los beneficios del Seguro Social.

Esto, para que no sean desalojados si el pago de sus beneficios federales se interrumpe, retrasa o reduce por causas ajenas a su voluntad.

La legislación entrará en vigor el 1ro de enero de 2026 y se ha establecido una derogación automática para el 20 de enero de 2029.

Cómo funciona la ley: requisitos

La ley establece que, en un procedimiento de retención ilegal (unlawful detainer) basado en la falta de pago de la renta, el inquilino puede usar la "dificultad del Seguro Social" (Social Security hardship) como defensa afirmativa.

Sin embargo, para ampararse bajo esta ley, el inquilino debe cumplir con lo siguiente:

  • Demostrar la interrupción: presentar pruebas satisfactorias ante el tribunal de que sus pagos del Seguro Social fueron terminados, retrasados o reducidos debido a una acción o inacción del gobierno federal (no por culpa del inquilino).
  • Demostrar la conexión: debe probar que esta dificultad económica le impidió pagar la renta a tiempo.

De cumplir con ambas, el tribunal emitirá una suspensión (stay) de la acción de desalojo.

Por otra parte, también incluye disposiciones que establecen obligaciones por parte de los inquilinos:

  • Aviso de 15 días: durante una interrupción declarada de los beneficios del Seguro Social, los propietarios deben entregar un aviso de pago de 15 días (en lugar del aviso estándar de 3 días) para pagar o desalojar.
  • Formulario de dificultad: el propietario debe incluir en el aviso un formulario de declaración de dificultad proporcionado por el estado.
  • Retraso en el desalojo: deben retrasar la presentación de la demanda de desalojo si el inquilino devuelve este formulario de declaración.

¿Por cuánto tiempo se mantiene el “stay”?

La suspensión del proceso de desalojo dura hasta que ocurra la primera de estas dos situaciones:

  • Restablecimiento de beneficios más 14 días: catorce (14) días después de que los beneficios del Seguro Social del inquilino sean restablecidos o normalizados.
  • Seis meses: seis (6) meses después de que se haya emitido la suspensión judicial.

En el primer caso, una vez que los pagos del Seguro Social se han normalizado, el inquilino debe cumplir con requisitos específicos dentro de esos 14 días para evitar que el desalojo continúe:

  • Pagar el alquiler vencido: debe pagar el monto total del alquiler que estaba pendiente (atrasado) durante el período de interrupción.
  • Acordar un plan de pago: debe llegar a un plan de pago mutuamente acordado con el propietario si aún no puede pagar el monto total del alquiler adeudado.

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